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ABOGADOS DE MAR DEL PLATA- DERECHO LABORAL-ACCIDENTES DE TRANSITO-CIVIL Y COMERCIAL
ESTUDIO JURIDICO LA CAMERA & ASOC. 20 de septiembre Nº 1925 3 C Mar del Plata. Dra. La Cámera Vanesa Alejandra (0223) 489-5788 Cel: 15-446-7027 E-MAIL: lacameravanesa@gmail.com

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06 de Septiembre, 2011 · DEFENSA DEL CONSUMIDOR

RECLAMOS ANTE DEFENSA DEL CONSUMIDOR- INTERNET


 

RECLAMOS ANTES DEFENSA DEL CONSUMIDOR

 

SERVICIOS DE INTERNET

Si ud posee servicio de internet y la empresa que le presta el servicio no lo hace en la forma pactada y o convenida en el contrato , le cortan el servicio , le aumentan el costo del servicio sin previa notificación, no le envían la factura de pago en termino, no le otorgan la baja del servicio de Internet peticionada en tiempo y forma , no le dan de baja el mismo porque el consumidor tiene una deuda pendiente con la empresa, etc. es importante que sepa que puede reclamar y para tal fin la ley 24240 defensa del consumidor) lo protege y ampara estableciendo normas para tal fin.

Si UD quiere reclamar debe hacerlo en lugar donde suscribió el contrato de Internet o si por ejemplo contrató en forma telefónica debe hacerlo en la oficina municipal de la localidad donde tiene su residencia.

El reclamo debe presentarse en forma escrita y el mismo debe contener todos los datos de la empresa como así también del consumidor tales como nombre y apellido, dirección, teléfono etc. Si UD no posee oficina de Información al consumidor en la localidad donde contrato el servicio

 

 

La prestación del servicio de Internet tiene su origen en la contratación derivada entre el consumidor y la empresa que presta el servicio, siendo las contraprestaciones principales a cargo de ambas partes, por un lado, la prestación de la misma en forma continua, eficiente, efectiva, regular y con un todo de acuerdo a la calidad y tecnología ofrecida oportunamente y por el otro, el pago de una tarifa.

Los problemas mas frecuentes que suelen presentarse en la prestación del servicio de internet suelen ser los siguientes, a saber a) no prestación del servicio en la forma pactada y/o convenida b) corte del servicio sin causa imputable al consumidor, c) aumento de la cuota sin una notificación previa y causa justificable, d) no envió de la correspondiente factura de pago en término, e) no otorgamiento de la baja del servicio peticionada por el consumidor, f) impedimento de dar de baja del servicio si el consumidor tiene una deuda pendiente con la empresa, en este caso concreto, se adelante que tratase de una cláusula abusiva, g) cobro de abonos por parte de la empresa prestataria, durante aquellos periodos en que el servicio de internet no se preste en condiciones normales de operatividad, h) y/o cualquier otro caso en que se vulnere en forma manifiesta el derecho del consumidor.

 

Protección

Si usted se encuentra comprendida en algunos de los supuestos enunciados en el párrafo anterior, debe saber que el servicio de Internet resulta ser alcanzada su prestación por la tutela de las normas del artículo 42 de la Constitución Nacional, la Ley Nacional Nº 24.240 y la Ley Provincial Nº 13.133.

Reclamo

Continuando con los lineamientos expresados precedentemente, el consumidor deberá en primera instancia realizar debido reclamo en forma fehaciente ante la empresa prestataria, exigiendo en dicha oportunidad el número de reclamo, datos de la persona que recibe el mismo, debe ser atendido con diligencia, obteniendo una respuesta adecuada para resolver el inconveniente.

Ante la falta de respuesta por parte de la empresa prestataria, se deberá recurrir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor y/o en su caso a la Dirección Provincial de Comercio.

 


Contratación


El consumidor que va a contratar el servicio de Internet, debe ser informado en forma cierta y objetiva, veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales del mismo, debiendo en el caso en concreto leer en forma pormenorizada cláusula por cláusula contenida en el respectivo contrato, principalmente la que determina el régimen tarifario, tecnología, la fijación de intereses, motivos de rescisión contractual y todo otro aspecto relevante de la prestación del servicio, téngase en cuenta que se trata de un contrato en el cual una de las partes se adhiere sin negociar.

Asimismo, debe solicitar una copia del contrato en cumplimiento del artículo 1201 del Código Civil.

Ante cualquier duda o Reclamo que quiera efectuar, no dude en comunicarse con nosotros a través de nuestro E-mail: lacameravanesa@gmail.com o solicitando entrevista con la Dra.  La Camera Vanesa al 0223-489-5788/ 156177253 O En 20 de Septiembre Nº 1925 3 C, MDP.


ESTUDIO JURIDICO La Camera & Asoc.



publicado por estudioal a las 14:09 · 3 Comentarios  ·  Recomendar
Comentarios (3) ·  Enviar comentario
MI RECLAMO ES PO LA AGENCIA DE COMODORO,UNO NUNCA SE PUEDE COMUNICAR POR TEL.SIENDO QUE EN TODAS LAS AGENCIAS DE COOPERATIVA SPORTMAN TE ATIENDEN Y POR INTERNET SE BURLAN DICIENDO QUE NO TIENEN TEL.,QUE NO PAGARON, QUE SE LO CORTARON . ALGUIEN TIENE QUE PARAR ESA DEUBICACION.QUE ES UN PERJUICIO PARA EL CONSUMIDOR
publicado por ROMERO LEANDRO, el 02.04.2013 13:42
MI RECLAMO ES PO LA AGENCIA DE COMODORO,UNO NUNCA SE PUEDE COMUNICAR POR TEL.SIENDO QUE EN TODAS LAS AGENCIAS DE COOPERATIVA SPORTMAN TE ATIENDEN Y POR INTERNET SE BURLAN DICIENDO QUE NO TIENEN TEL.,QUE NO PAGARON, QUE SE LO CORTARON . ALGUIEN TIENE QUE PARAR ESA DEUBICACION.QUE ES UN PERJUICIO PARA EL CONSUMIDOR
publicado por ROMERO LEANDRO, el 02.04.2013 13:44
Los felicito por esta guía del consumidor para todos nosotros, gracias
publicado por wallas, el 15.01.2014 11:17
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