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ABOGADOS DE MAR DEL PLATA- DERECHO LABORAL-ACCIDENTES DE TRANSITO-CIVIL Y COMERCIAL
ESTUDIO JURIDICO LA CAMERA & ASOC. 20 de septiembre Nº 1925 3 C Mar del Plata. Dra. La Cámera Vanesa Alejandra (0223) 489-5788 Cel: 15-446-7027 E-MAIL: lacameravanesa@gmail.com

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19 de Agosto, 2011 · STRESS LABORAL


STRESS LABORAL: BURN OUT


Antiguamente los especialistas, se refería al stress como un síndrome de falta de adaptación. Hoy se utiliza dicho término para referirse a tensión, angustia, esfuerzo, trastornos emocionales, irritabilidad, etc. El distrés se refiere a situaciones negativas, esfuerzos físicos, psíquicos o de otro tipo que sobrepasan la capacidad de resistencia del cuerpo y que, de no ser controlados a través del tiempo favorecerían o inducirían a la aparición de signos, síntomas o enfermedades orgánicas. Es decir, es la etapa de agotamiento que sigue a la etapa de resistencia en al que los estímulos persisten a la reacción normal de alarma. En el ámbito laboral el stress puede producirse por problemas económicos, con los compañeros, con los superiores jerárquicos, etc. La predisposición orgánica del trabajador, hecho previsible, no impide la aplicación de la responsabilidad por culpa. (CNAT, Sala VI, 30/8/85). El stress baja las defensas, produce depresión, fobias, miedos, aumento de la presión sanguínea y del colesterol en la sangre, disfunciones cerebrales (trastornos de atención o cambios de comportamiento), diabetes, infartos, etc. Un fallo de la Sala V, "Miceli c/ Lever y Asociados S.A.", estableció que "Respecto al stress, la demostración concreta exigible no es el carácter estresante del trabajo, y que muchas veces este puede inferirse (pilotos de prueba, transportistas de combustibles, custodios de valores, etc), sino la reiteración de episodios particulares que pueden considerarse estresantes para el individuo afectado y que sean consecuencia exclusiva del factor trabajo, como por ejemplo: a) persecución empresaria, b) reiterados siniestros sufridos en el lugar de trabajo, c) sobrecarga física y/o psíquica que potencialmente exceda el normal, d) frustraciones padecidas en las expectativas propias (postergación de ascensos, no reconocimiento de méritos propios, ambiente hostil de labor y e) violación de normas de seguridad e higiene por parte del empleador. En autos "Miatello, Víctor Raul c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/ daños y perjuicios" se estableció que. "No obstante, el stress ligado a causas inespecíficas inherentes al trabajo debe ser considerado como enfermedad exteriorizada por el trabajo, pero, en estos casos, la acción pericial diagnóstica no es simple, y obliga al perito a ser muy cauteloso en la imputación de un estado patológico incapacitante (distrés) como provocado por la situación o situaciones vinculada al ejercicio de la profesión. El stress profesional habitualmente tiene una carga de convivencia extraprofesional nada despreciable que debe tenerse en cuenta y por ello, cabe considerar que la presunción legal no debe ser admitida en las estresopatías; en todos los casos deberá probarse la relación de las mismas con el trabajo. Entre los factores que en el ámbito laboral pueden generar stress profesional, se destaca la sobrecarga de trabajo, que puede ser cuantitativa, cualitativa o mixta. La primera se vincula con la sobrecarga de trabajo en tiempos breves: trabajos sin pausas, horas extraordinarias; mientras que la sobrecarga cualitativa corresponde a una ocupación que exija competencia técnica o intelectual, vinculada con la complejidad del trabajo, información muy sofisticada y alto nivel académico. La sobrecarga mixta se observa en cargos de alta dirección o mando, en los que la tarea exige un máximo de atención y la toma de decisiones de emergencia en escaso tiempo (CNACIV, Sala D, 19/12/06).
Burn out: (sobrecarga de trabajo). Se produce cuando el stress laboral se hace crónico. Ocasionado por el tipo de trabajo. Síndrome de agotamiento emocional, deshumanización y baja realización personal, que puede ocurrir entre individuos que trabajan con personas. Según especialista en evaluaciones psicotécnicas, "trabajar de más puede generar padecimientos que no siempre son advertidos. Muchas personas que no pueden generar espacios propios, que alivien las tensiones inherentes al que hacer ocupacional pueden experimentar agotamiento, somatizaciones, depresión, abulia o paradójicamente adicción al trabajo. En otras ocasiones, este continuo estar bajo presión es llevado a su máxima expresión y llega a producir el fenómeno conocido como burn out".
El Síndrome del stress se manifiesta en los siguientes aspectos:
a- Psicosomáticos: fatiga crónica, fuertes dolores de cabeza, problemas de sueño, úlceras y otros desórdenes gastrointestinales, pérdida de peso, dolores musculares, etc.
b- Conductuales: absentismo laboral, abuso de drogas (café, tabaco, alcohol, se fármacos, etc.), incapacidad para vivir de forma relajada, superficialidad en el contacto con los demás, comportamientos de alto riesgo, aumento de conductas violentas.-
c- Emocionales: distanciamiento afectivo como forma de protección del Yo, aburrimiento y actitud cínica, impaciencia e irritabilidad, sentimiento de omnipotencia, desorientación, incapacidad de concentración, sentimientos depresivos,.
d- En ambiente laboral: detrimento de la capacidad de trabajo, detrimento de la capacidad de los servicios que se presta a los clientes, aumento de las interacciones hostiles, comunicaciones deficientes.-


si usted tiene alguna duda o consulta respecto a este tema, no dude en hacernosla llegar atraves de nuestro E-mail: lacameravanesa@gmail.com o solicitando entrevista con la Dra La Camera Vanesa al 0223-489-5788 /156177253

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